Hemos estado revisando temas del Reglamento de la Industria en General de OSHA que pueden ser de interés, entre ellos la Subparte J – Controles Ambientales Generales, puede ser muy útil para el trabajo del Especialista de Seguridad y Salud en Trabajo, por lo tanto, en la siguiente publicación dará una perspectiva general e iniciará con lo referente a Saneamiento y solo una descripción especifica de los puntos que consideramos más relevantes.
Deja algún comentario y/o tu correo electrónico sobre si te gustaría profundizar del requisito 1910.141 – Saneamiento, y te haremos llegar la información complementaria.
Subparte J- Controles Ambientales Generales
1910.141 Saneamiento
1910.142 Campos de trabajo temporales
1910.143 Sistemas de eliminación de transporte no acuático (Reservado)
1910.144 Código de color de seguridad para el marcado de peligros físicos
1910.145 Las especificaciones para las señales las etiquetas de prevención de accidentes
1910.146 Permiso -Requerido para Espacios Confinados
1910.147 El control de la energía peligrosa (Bloqueo/Etiquetado)
1910.141 Saneamiento
General
Alcance
Definiciones
Gestión interna: Condiciones de orden y limpieza, estado físico de pisos y las condiciones de seguridad del mismo para facilitar la limpieza.
Depósito de basura
Eliminación de residuos
Control de Plagas
Suministro de agua
Se proporcionará agua potable en todos los lugares de trabajo, para beber, lavado de la persona, cocinar, lavado de alimentos, lavado de utensilios para cocinar o comer, el lavado en la preparación de alimentos y las instalaciones de transformación y las habitaciones de servicios personales (baños).
Reservado
Dispensadores de agua portátil deberán estar diseñados, construidos y conservados de manera que se mantengan las condiciones sanitarias, deben permitir ser cerrados y deberán contar con un grifo.
Las instalaciones sanitarias
Las instalaciones sanitarias deben estar separadas en habitaciones separadas para cada sexo, esto debe garantizarse en todos los lugares del centro de trabajo.
El número de servicios que se debe proporcionar para cada sexo se basa en el numero de empleados de ese sexo.
Cuando las instalaciones de baño no estén ocupadas por más de una persona a la vez, debe asegurarse que pueda bloquearse desde el interior, y debe contener al menos inodoro, por lo tanto, no será necesario tener cuartos separados para cada sexo
Cuando se tengan habitaciones separadas para cada sexo y estas estén equipadas con más de una instalación sanitaria se debe tomar en cuenta la información de la tabla J-1.
Número de Empleados
Número mínimo de retretes1
1 a 15
1
16 a 35
2
36 a 55
3
56 a 80
4
81 a 110
5
111 a 150
6
Mas de 150
(2)
Cuando los servicios sanitarios no sean utilizados por mujeres, los urinarios se pueden proporcionar en vez de inodoros, salvo que el número de inodoros en estos casos no se reducirá a menos de 2/3 del mínimo especificado
1 soporte adicional por cada 40 empleados adicionales
Instalaciones de Lavado
La construcción de los cuartos de baño
Cada sanitario deberá ocupar un compartimento separado con una puerta y las pareds o tabiques entre accesorios suficientemente altas para asegurar la privacidad.
Cada baño deberá ser provisto con agua corriente fría y caliente o agua corriente tibia
Se proveerán jabón de manos o productos de limpieza similares.
Toallas de mano individuales o partes de ellas, de tela o de papel, sopladores de aire o secciones individuales de toallas limpias de tela continua.
Duchas
Siempre que se necesario se debe proporcionar duchas conforme el presente párrafo o norma especifica
Se debe proporcionar una ducha por cada 10 empleados de cada sexo, o la fracción numérica de los mismos, que están obligados a ducharse durante el mismo turno.
Jabón para el cuerpo u otros productos de limpieza adecuados se proporcionarán convenientemente en las duchas
Se proveerán de duchas con agua caliente y fría alimentado una línea de descarga común
Los empleados que usen duchas deberán ser provistos de toallas limpias individuales.
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